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	<title>Al Sur Digital &#187; Portada</title>
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	<description>Post Periodismo.</description>
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		<title>Glaciares: &#8220;El Proyecto de Ley de Filmus es funcional a Pascua Lama&#8221;</title>
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		<pubDate>Tue, 13 Jul 2010 15:16:27 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Al Sur</dc:creator>
				<category><![CDATA[Entrelineas]]></category>
		<category><![CDATA[Política y Economía]]></category>
		<category><![CDATA[Portada]]></category>

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		<description><![CDATA[Por cada área de glaciar destruida perdemos todos. Nosotros somos responsables de defender el equilibrio de  nuestro ecosistema. Debemos abrir los ojos y ser conscientes de todo lo que podríamos perder si permitimos que los intereses económicos prevalezcan sobre la vida.

ASD quiere compartir con el lector lo que el Dr. Enrique Viale explicó claramente  para [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><em><img class="alignleft size-thumbnail wp-image-3186" src="http://www.alsurdigital.com/wp-content/uploads/2010/07/jackmate-150x150.jpg" alt="" width="150" height="150" />Por cada área de glaciar destruida perdemos todos. Nosotros somos responsables de defender el equilibrio de  nuestro ecosistema. Debemos abrir los ojos y ser conscientes de todo lo que podríamos perder si permitimos que los intereses económicos prevalezcan sobre la vida.</em><em><br />
</em></p>
<p><em></em>ASD quiere compartir con el lector lo que el Dr. Enrique Viale explicó claramente  para que así podamos comprender los intereses reales que pretende contemplar el proyecto de Ley recientemente aprobado por el Senado de la Nación y en vías de convertirse en Ley.</p>
<p>Enrique Viale es abogado especialista en Derecho Ambiental y presidente de la “Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas”. También realizó  estudios de posgrado en &#8220;Régimen Jurídico de los Recursos Naturales&#8221; (UBA). Actualmente se desempeña como abogado litigante en numerosas causas por daño y recomposición ambiental.</p>
<p>Al consultarle sobre la funcionalidad de este proyecto a intereses de empresas trasnacionales E. Viale aseguró estar convencido de que el propósito de Ley de Filmus,  ahora con media sanción en el Senado,  es la continuación de lo que se había  iniciado  con el veto de la Presidente Cristina Fernández en Diciembre del año pasado.</p>
<p>Las modificaciones hechas a la antigua Ley achican  notablemente el bien jurídico tutelado, dejando de proteger realmente lo que muchos expertos consideraban que había que proteger para conservarlos. “Las nuevas modificaciones agregan en sus artículos complejas definiciones terminológicas imposibles de aplicar pero excluyen una protección concreta”.</p>
<p>Con la nueva redacción, la Auditoria Ambiental es facultativa de cada provincia, la que realizará el Inventario de Glaciares que la propia norma establece, pero sin plazos determinados para dicha labor. Es decir, que si una jurisdicción omite o retrasa realizar el Inventario de Glaciares tampoco se realizará la Auditoria Ambiental sobre los proyectos actualmente en ejecución. En otras palabras, si  una provincia no comienza a hacer el inventario de los glaciares, tampoco empieza a regir el tema de la auditoria ambiental y en consecuencia en caso de convertirse en ley este proyecto terminaría de legitimar a los presentes emprendimientos mineros que afectan a glaciares y a ambientes periglaciares, justo a la medida de la empresa multinacional Barrick Gold.</p>
<p>“Ese veto establecía que se conformara  un foro de gobernadores para redactar una ley alternativa, esto es la conclusión de eso. Filmus participó de todo esto y terminó haciendo una ley con la solapa o la intención de ser superadora. Sin embargo las modificaciones que  tiene son sustanciales y le cambian el sentido a la ley, adaptándose perfectamente a las necesidades del la Barrick Gold”. (Como por ejemplo se puede apreciar claramente en los Art. 1-2 y 5)</p>
<p>La “ley” Filmus elimina del artículo 2° la definición de “ambiente periglacial”, achicando notablemente el bien jurídico tutelado. Es decir, ya no se encuentra alcanzado por las disposiciones de la norma &#8220;el área de alta montaña con suelos congelados que actúa como regulador del recurso hídrico&#8221;, como describía el proyecto original, dejando esta importante y vital superficie virtualmente sin protección y a merced de las corporaciones mineras.</p>
<p>Nuestro país cuenta hoy día con alrededor de medio centenar de grandes glaciares y varios cientos de glaciares de mediana magnitud. Representan  las mayores reservas de agua dulce del planeta, convirtiéndose en un invalorable recurso estratégico además del  potencial turístico, son principalmente pieza fundamental del ecosistema que presiden, que incluye los ambientes glaciario y periglaciario, únicos e irrepetibles tanto por sus geoformas como por su flora y fauna autóctonas.</p>
<p>Para finalizar ASD respecto a este tema coincide con lo escrito por  Adolfo Pérez  Esquivel cuando en su carta dirigida al Congreso en Diciembre de 2008 para referirse sobre el veto a la Ley de Glaciares sostiene que para rechazar el veto presidencial y que se promulgue la ley, se debe obtener los dos tercios de los votos en ambas Cámaras.</p>
<p>En palabras del Nóbel de la Paz : &#8220;Señores y Señoras Diputados y Senadores tengan el coraje de ser coherentes entre el decir y el hacer; actúen con responsabilidad (…)  A la hora de votar, recuerden que Uds. son los representantes del pueblo, y como tales, tienen que defender los intereses del mismo, protegiendo sus recursos naturales, entre los cuales uno de los más valiosos es el agua. La vida no se negocia&#8221;.</p>
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		<title>&#8220;Gato por liebre&#8221; o la Ley de &#8220;des&#8221; protección de Glaciares</title>
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		<pubDate>Tue, 13 Jul 2010 11:16:14 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Al Sur II</dc:creator>
				<category><![CDATA[Editorial]]></category>
		<category><![CDATA[Portada]]></category>

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		<description><![CDATA[
La inminente sanción de la Ley de Presupuestos mínimos para la protección de glaciares, que reemplazará a la Ley aprobada por el Congreso en el 2008 y vetada por la Presidente Cristina Fernández de Kirchner, plantea más dudas que certezas sobre el futuro de la reserva hídrica más importante de la Argentina.
A esta altura, no [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><em></em></p>
<p>La inminente sanción de la Ley de Presupuestos mínimos para la protección de glaciares, que reemplazará a la Ley aprobada por el Congreso en el 2008 y vetada por la Presidente Cristina Fernández de Kirchner, plantea más dudas que certezas sobre el futuro de la reserva hídrica más importante de la Argentina.</p>
<p>A esta altura, no podemos más que sospechar de las reales intenciones que esconde el nuevo proyecto de Ley y, en todo caso, aceptar sin más que nuestro Congreso de la Nación, lejos de cumplir con el mandato que la Constitución Nacional le asigna, como guardián de los intereses del pueblo a través de la creación de leyes que lo protejan, cada día nos sorprende con nuevas faltas a su deber. Lo que no sabemos todavía es si su ineficiencia responde a presiones del Poder Ejecutivo, a intereses de sectores de grupos de poder, a la incapacidad de los Legisladores para hacer honor a su juramento, o directamente a un escandaloso cóctel de todos estos factores.</p>
<p><em><img class="alignleft size-thumbnail wp-image-3190" title="n795607231_1339367_5716" src="http://www.alsurdigital.com/wp-content/uploads/2010/07/n795607231_1339367_5716-150x150.jpg" alt="n795607231_1339367_5716" width="150" height="150" />Llama la atención,  que en los últimos tiempos el comodín de nuestros representantes para justificar la sanción de leyes impopulares sea “no es la mejor Ley que podemos sacar, pero peor es nada”.</em></p>
<p>Este modus operandi legislativo, que pretende patear para adelante la perfectibilidad de la legislación que regula nuestro presente y futuro, es ciertamente vergonzoso,  por cuanto deja para después lo que bien se podría hacer ahora, con el agravante de que el después nunca llega y los argentinos, ya acostumbrados a recibir “gato por liebre” nos tenemos que conformar con adaptarnos a leyes viciadas de origen, con gruesos errores técnicos que convierten una coma puesta a destiempo en el guiño para su propia violación o inaplicabilidad.</p>
<p>Para muestra basta un botón. La Ley de Medios Audiovisuales, publicitada por sus buenas intenciones, abre la puerta a la dictadura mediática del Estado. La nueva Ley de Protección de Glaciares, no solo no protege los glaciares sino que habilita la continuidad de los capitales extranjeros para que continúen depredando nuestra cordillera a través de la megaexplotación minera que destruye los glaciares, el medioambiente y en definitiva nuestro futuro, el Proyecto de Ley de Reforma Política, no contiene ni una letra que indique una real intención de reforma política, más bien, es un proyecto que convalidaría una operación para instalar a Kirchner como candidato del PJ en el 2011. Resultaría realmente paradójico que el Congreso votara una Ley que permitiera ser Presidente, al personaje más resistido y con peor imagen de la actualidad. Quedaría así patente la disfuncionalidad de la actual labor del Congreso de la Nación.</p>
<p>Creemos firmemente que el actual Congreso de la Nación no nos representa, no nos cuida y no está haciendo un buen trabajo. Más convencidos estamos  que este templo de la democracia está siendo utilizado de manera obsena por el Poder Ejecutivo en su frenética carrera por conseguir herramientas que legalicen su perpetuidad en el Poder. Tambien intuímos que después del 10 de diciembre el panorama no va a cambiar demasiado.</p>
<p>En el camino quedan leyes que perjudican a todo un pueblo, que “no son perfectas” y nunca lo serán, que hipotecan nuestro futuro, que se venden como inmensos progresos institucionales, cuando en realidad son nefastos retrocesos en el camino de la democracia y lo peor de todo es que nuestros Diputados y nuestros Senadores no están a la altura de la circunstancias para en un real acto de sinceridad y lealtad a su cargo, hacer el trabajo que les corresponde.</p>
<p>LC</p>
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		<title>Glaciares: Ley Maffei-Ley Filmus</title>
		<link>http://www.alsurdigital.com/contrapunto/glaciares-ley-maffei-ley-filmus/</link>
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		<pubDate>Tue, 13 Jul 2010 09:59:28 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Al Sur II</dc:creator>
				<category><![CDATA[Contrapunto]]></category>
		<category><![CDATA[Portada]]></category>

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		<description><![CDATA[
En el contrapunto de la presente edición, decidimos investigar las diferencias entre la Ley de protección de glaciares vetada por la Presidente Cristina F.de Kirchner,  y el proyecto de Ley recientemente aprobado por el Senado de la Nación y en vías de convertirse en Ley una vez que sea tratado en Diputados. Por el nombre de los legisladores [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: left;"><img class="aligncenter size-medium wp-image-2018" title="Contrapunto 13 Nov 09" src="http://www.alsurdigital.com/wp-content/uploads/2009/11/Contrapunto-13-Nov-09-300x144.jpg" alt="Contrapunto 13 Nov 09" width="300" height="144" /></p>
<p style="text-align: left;">En el contrapunto de la presente edición, decidimos investigar las diferencias entre la Ley de protección de glaciares vetada por la Presidente Cristina F.de Kirchner,  y el proyecto de Ley recientemente aprobado por el Senado de la Nación y en vías de convertirse en Ley una vez que sea tratado en Diputados. Por el nombre de los legisladores que impulsaron cada proyecto, definiremos a la Ley vetada como <strong>Ley Maffei</strong> y  al Proyecto que está pronto a convertirse en Ley, <strong>Ley Filmus</strong>.</p>
<p><em>1- Nombre de la Ley?</em></p>
<p><strong>Ley Maffei</strong>: “Ley de Presupuestos Mínimos de protección de glaciares y del ambiente periglaciar”</p>
<p><strong>Ley Filmus</strong>: “Ley de Presupuestos Mínimos de protección de glaciares y del ambiente periglaciar”</p>
<p><em>2- Objetivo de la Ley? (Art.1)</em></p>
<p><strong>Ley Maffei</strong>: . La presente ley establece los presupuestos mínimos para la protección de los glaciares y del ambiente periglacial con el objeto de preservarlos como reservas estratégicas de recursos hídricos y proveedores de agua de recarga de cuencas hidrográficas.</p>
<p><strong>Ley Filmus</strong>: La presente ley establece los presupuestos mínimos para la protección de los glaciares y del ambiente periglacial, con el objeto de preservarlos como reservas estratégicas de recursos hídricos para el consumo humano; para la agricultura y las actividades industriales; como proveedores de agua para la recarga de cuencas hidrográficas; para la generación de energía hidroeléctrica; para la protección de la biodiversidad; como fuente de información científica y como atractivo turístico. Los glaciares constituyen bienes de carácter público y su dominio corresponde a las provincias o al Estado Nacional, según el lugar en que se ubiquen.</p>
<p><em>3-¿ Zonas que protege? (Art.2)</em></p>
<p>Ley Maffei: “se entiende por glaciar toda masa de hielo perenne estable o que fluye lentamente, con o sin agua intersticial, formado por la recristalización de la nieve, ubicado en diferentes ecosistemas, cualquiera sea su forma, dimensión y estado de conservación. Son parte constituyente de cada glaciar el material detrítico rocoso y los cursos internos y superficiales de agua. Asimismo, se entiende por ambiente periglacial el área de alta montaña con suelos congelados que actúa como regulador del recurso hídrico.</p>
<p>Ley Filmus: “Definiciones. A los efectos de la presente ley, la protección se extiende, dentro del ambiente glacial, a los glaciares descubiertos y cubiertos; y dentro del ambiente periglacial, a los glaciares de escombros; cuerpos que cumplen uno o más de los servicios ambientales y sociales establecidos en el Artículo 1. Se entiende por: a) Glaciares descubiertos: aquellos cuerpos de hielo perenne expuestos, formado por la recristalización de la nieve, cualquiera sea su forma y dimensión. b) Glaciares cubiertos: aquellos cuerpos de hielo perenne que poseen una cobertura detrítica o sedimentaria. c) Glaciares de escombros: aquellos cuerpos de detrito congelado y hielo, cuyo origen esta relacionado con los procesos criogénicos asociados con suelo permanentemente congelado y con hielo subterráneo, o con el hielo proveniente de glaciares descubiertos y cubiertos. Son parte constituyente del ambiente glacial y periglacial protegido, además del hielo, el material detrítico rocoso y los cursos internos y superficiales de agua”.</p>
<p><strong>Diferencia:</strong> La “ley” Filmus elimina del artículo 2° la definición de “ambiente periglacial”, achicando notablemente el bien jurídico tutelado. Es decir, ya no se encuentra alcanzado por las disposiciones de la norma <em>&#8220;el área de alta montaña con suelos congelados que actúa como regulador del recurso hídrico&#8221;</em>, como describía el proyecto original, dejando esta importante y vital superficie virtualmente sin protección y a merced de las corporaciones mineras.</p>
<p>La ley separa glaciares ocultos de glaciares de escombros, términos que a las corporaciones les permitirá decir, cuando lo requieran, a que categoría corresponde el glaciar eventualmente &#8220;tocado&#8221; o que habrán de intervenir.</p>
<p><em>4-¿ Actividades prohibidas en la zona de protección que establece la Ley?</em></p>
<p><strong>Ley Maffei</strong>: Según el Art. 6, en los glaciares quedan prohibidas las actividades que puedan afectar su condición natural o las funciones señaladas en el artículo 1º, impliquen su destrucción o traslado o interfieran en su avance, en particular las siguientes:</p>
<p>a) La liberación, dispersión o disposición de sustancias o elementos contaminantes, productos químicos o residuos de cualquier naturaleza o volumen.</p>
<p>b) La construcción de obras de arquitectura o infraestructura con excepción de aquellas necesarias para la investigación científica.</p>
<p>c) La exploración y explotación minera o petrolífera. Se incluyen en dicha restricción aquellas que se desarrollen en el ambiente periglacial saturado en hielo.</p>
<p>d) La instalación de industrias.</p>
<p><strong>Ley Filmus</strong>: Actividades Prohibidas. Se prohíben las actividades que puedan afectar la condición natural de los cuerpos protegidos definidos en el artículo 2, o sus funciones señaladas en el artículo 1, las que impliquen su destrucción o traslado; o las que interfieran en su avance. Se prohíben, en particular, en los cuerpos protegidos definidos en el artículo 2, las siguientes actividades: a) La liberación, dispersión o disposición de sustancias o elementos contaminantes, productos químicos o residuos de cualquier naturaleza o volumen; b) La construcción de obras de arquitectura o infraestructura, con excepción de las necesarias para la investigación científica y la prevención de riesgos. c) La exploración y explotación minera o hidrocarburífera. d) La instalación de industrias o desarrollo de obras o actividades industriales.</p>
<p><strong>Diferencia:</strong> el artículo 6º de la ley Filmus, intenta “prohibir las actividades que puedan afectar la condición natural de los cuerpos protegidos”. Que es como decirle a la minera que puede operar sin provocar las afectaciones señaladas (su condición natural). El artículo 6º dice que se prohíbe la exploración y explotación minera o hidrocarburífera. Pero ¿en qué condiciones? ¿De qué forma? Se trata de aquellas actividades que impliquen por ejemplo “trasladar glaciares, destruirlos o interferir en su avance.” Es decir, se prohíbe únicamente la actividad minera en los cuerpos protegidos definidos en un artículo, el 2º, que solo brinda definiciones ambiguas.</p>
<p>Por ello, desde un punto de vista estrictamente jurídico y para una efectiva protección de los glaciares y del ambiente periglacial, la posible sanción definitiva de este proyecto de ley resulta un insalvable escollo jurídico porque termina de legitimar las actividades actualmente en ejecución sobre las áreas que supuestamente protege.</p>
<p><em>5- Qué sucede con las actividades que se desarrollan actualmente en la zona protegida y que quedan comprendidas entre las actividades consideradas como prohibidas por el Art. 6</em></p>
<p><strong>Ley Maffei</strong>: Artículo 18.  Las actividades descritas en el artículo 6 en ejecución al momento de la sanción de la presente ley deberán, en un plazo máximo de 180 días, someterse a un proceso de Evaluación de Impacto Ambiental que tenga por principal objeto de estudio el o los glaciares afectados. En caso de verificarse impacto negativo se ordenará el cese o traslado de la actividad y las medidas de protección, limpieza y restauración que correspondan.</p>
<p> <strong>Ley Filmus</strong>: Art. 15: Disposición Transitoria. En un plazo máximo de 60 días a partir de la sanción de la presente ley, el IANIGLA presentará a la autoridad de aplicación nacional un cronograma para la ejecución del inventario, el cual deberá comenzar de manera inmediata por aquellas zonas en las que, por la existencia de actividades contempladas en el artículo 6, se consideren prioritarias. Al efecto, las autoridades competentes deberán proveerle toda la información pertinente que el citado Instituto le requiera. Las autoridades competentes deberán, en un plazo máximo de 180 días a partir de la culminación del inventario de la jurisdicción provincial, someter a las actividades mencionadas, a una auditoría ambiental en la que se identifiquen y cuantifiquen los impactos ambientales generados sobre los cuerpos protegidos definidos en el artículo 2. El costo de la auditoría correrá por cuenta de los titulares responsables de las actividades. Los resultados de la auditoría deberán presentarse a las autoridades competentes. En caso de verificarse impactos significativos, dichas autoridades ordenarán las medidas pertinentes para garantizar el cumplimiento de la presente ley.</p>
<p><strong>Diferencia:</strong> La diferencia con la ley vetada es sustancial, atento que el plazo de 180 días para realizar la Auditoria Ambiental en la norma original empezaba a correr a partir de la sanción de la ley. Con la nueva redacción, la Auditoria Ambiental es facultativa de cada provincia, la que realizará el Inventario de Glaciares que la propia norma establece, pero sin plazos determinados para dicha labor. Es decir, que si una jurisdicción omite o retrasa realizar el Inventario de Glaciares tampoco se realizará la Auditoria Ambiental sobre los proyectos actualmente en ejecución. En suma, de convertirse en ley este proyecto terminaría de legitimar a los presentes emprendimientos mineros que afectan a glaciares y a ambientes periglaciares, justo a la medida de la empresa multinacional Barrick Gold.</p>
<p> </p>
<p>Fuentes Consultadas: <a href="http://www.hcna.gov.ar/">www.hcna.gov.ar</a> (Texto de Proyectos de Ley)</p>
<p>                                       <a href="http://www.danielfilmus.com.ar/">www.danielfilmus.com.ar</a></p>
<p>                                       Dr. Enrique Viale. Presidente de la Asociación Argentina de Abogados Ambientalista.</p>
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		<title>Magallanes y el pájaro de fuego</title>
		<link>http://www.alsurdigital.com/yo-periodista/magallanes-y-el-pajaro-de-fuego/</link>
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		<pubDate>Tue, 13 Jul 2010 09:58:12 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Al Sur</dc:creator>
				<category><![CDATA[Gilgamesh]]></category>
		<category><![CDATA[Portada]]></category>
		<category><![CDATA[Yo Periodista]]></category>

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		<description><![CDATA[La memoria es así. De repente se enciende un botón invisible y un recuerdo viene a abarcarlo todo. De a poco aparece, se despereza hasta alcanzar el primer plano, como un enfermo que sale de la anestesia y de a poco toma conciencia de su nombre y situación. Eso fue lo que me pasó esa [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><em>La memoria es así. De repente se enciende un botón invisible y un recuerdo viene a abarcarlo todo. De a poco aparece, se despereza hasta alcanzar el primer plano, como un enfermo que sale de la anestesia y de a poco toma conciencia de su nombre y situación. Eso fue lo que me pasó esa ventosa tarde de domingo cuando hacía zapping desde el sillón.</em></p>
<p>El documental de la BBC que acababa de sintonizar en uno de los cincuenta o sesenta canales del televisor narraba el periplo de Magallanes y su casi vuelta alrededor del mundo. Lo novedoso era que el programa no se limitaba a mostrar imágenes y contar su vida, sino que se basaba en el viaje de los documentalistas haciendo el mismo recorrido cuatrocientos setenta años después. Con avanzados equipos y una agenda rigurosa que incluía todos los lugares donde estuvo el navegante y su tripulación, la película mezclaba datos históricos con el relato del viaje de este equipo de producción decidido a “vivir en carne propia” las peripecias de Magallanes.</p>
<div id="attachment_3184" class="wp-caption alignleft" style="width: 160px"><img class="size-thumbnail wp-image-3184" title="100_0270" src="http://www.alsurdigital.com/wp-content/uploads/2010/07/100_0270-150x150.jpg" alt="Costa de PSC." width="150" height="150" /><p class="wp-caption-text">Costa de PSC.</p></div>
<p>Asombrado me fui dando cuenta de que al parecer los documentalistas iban a pasar –o mejor dicho, debían haber pasado- por Puerto Santa Cruz. Así, cuando el programa narraba la ruta de Magallanes por la Patagonia, pude ver las costas de la provincia, los lugares históricos en Puerto San Julián –donde efectuó la ya antológica misa- y finalmente, Puerto Santa Cruz. Aquí fue cuando la parte histórica y la actual vivida por los investigadores se transformó en una aventura. Porque los documentalistas siguieron la ruta de una de las embarcaciones de Magallanes que se perdió y terminó naufragando frente a las costas a kilómetros del hoy puerto de Punta Quilla. Con la ayuda de Prefectura y con modernos equipos de buceo, la idea era encontrar esos restos. Para llevarlo a cabo, dentro de la rigurosa agenda confeccionada sólo contaban con dos días. Consciente de un momento claramente histórico, el documental me había atrapado. La posibilidad de ese hallazgo no sólo era cierta y lo estaba por mirar en un canal que se sintonizaba en varios países del mundo, sino que eso ya había ocurrido meses atrás –la filmación se había realizado en enero de ese año y ya estábamos en diciembre- y no me había enterado.</p>
<p>Lo paradójico de la situación fue que durante esos dos días el viento sopló como los que habitamos por estos lugares sabemos que puede soplar en algunos casos y los investigadores tuvieron que vivir momentos insólitos como cuando se les rompió el vidrio de la entrada del hotel donde se alojaban. Pero la odisea más importante la vivieron cuando una de las lanchas con las que intentaron salir a buscar el lugar del naufragio se perdió y el documental en ese momento se tornó en la filmación de su propia desorientación. La lancha que se alejaba de repente se transformó en un punto y en un momento en la nada dentro del mar picado, soportando el viento furioso mientras la cámara intentaba captar el momento y a la vez daban dramatismo a la escena. Horas después los encontraron y tuvieron que suspender el viaje. Los dos días sufrieron las mismas inclemencias y no pudieron sumergirse y realizar el hallazgo. Parecía como si la sombra de Magallanes impidiera que las futuras generaciones pudieran develar todos sus misterios o quizás, fue solo una pequeña muestra cientos de años después de la rigurosidad que debieron sufrir esos aventureros que pasaban años navegando.</p>
<p>Pero aunque parezca lo contrario, este relato quiere contar otra historia que se desarrolla en el mismo lugar. Porque como dije antes, estaba yo aquella tarde haciendo zapping, cuando ese documental vino a hacer funcionar uno de los resortes extraños que la memoria siempre oculta. Porque mis recuerdos de niño, fragmentaria y deficientemente, también almacenaron escenas, impresiones y pesadillas sobre la guerra de Malvinas. Detrás de un vidrio casi opaco por los años, aun permanece en mi memoria el recuerdo triste de la guerra. Como de un sueño emergen varias tomas de una película deteriorada sobre aquellos tiempos: me veo detrás de un pupitre en la escuela, donde nos enseñan cómo hacer si sufrimos un ataque; veo imágenes de un viejo y pequeño televisor en blanco y negro que enseña cómo hacer si se corta el suministro de agua; veo a mi padre, haciendo como todos los padres de mis compañeros de escuela, tapando ventanas y apagando todas las luces de la casa después de cenar y sobre todo escucho el sonido de los aviones que en la oscuridad del otoño no se cansan de pasar toda la noche. Pero lo que recuerdo como una vieja pesadilla infantil es la historia del pájaro de fuego.</p>
<p>No sé si lo escuché en alguna cena familiar o alguien lo contó en la escuela. No creo haberlo visto aunque posiblemente lo haya soñado. Fue una de esas noches en que me levanté al baño y miré por la ventana como solía hacerlo –era una especie de curiosidad por ver algo distinto en un tiempo en que todo parecía que estaba por pasar, había algo latente que flotaba en el aire-. Desde mi casa no se veía el mar, pero quizás esperaba ver alguno de los aviones que permanentemente escuchaba pasar. Y en ese momento lo vi. Enorme aun a la distancia, de fuego y precipitándose al mar. Parecía un pájaro por su forma, pero yo no era tan pequeño como para no saber que era un enorme avión incendiándose. Insisto que por años creí que sólo era un sueño y ni aun ahora podría afirmar que fue cierto lo que vi. Porque además, nadie en la semana ni en el tiempo que transcurrió dijo algo sobre ello. Me recuerdo en ese tiempo yendo a Punta Reparo y mirando a la distancia. Ese horizonte interminable era para mí el lugar ajeno donde algo estaba pasando, aunque no sabía bien qué.</p>
<p>No sé cuánto hay de cierto en este recuerdo, pero una vez me contó mi primo que él también había escuchado una historia similar en el puerto. Decían que los que hacían guardia en Punta Quilla durante Malvinas vieron un enorme Hércules precipitándose al mar y que sólo unos pocos lo saben. No sé si son historias de locos o borrachos pero hace un par de años tan solo, los diarios locales y nacionales informaron del hallazgo de los restos de un Hércules cercano a las costas de Río Gallegos y el informe también daba cuenta de otros aviones similares perdidos en combate. No recuerdo la cifra pero era un dato real. Desde entonces y gracias a ese documental que me hizo rememorar recuerdos de mi infancia, cada vez que voy a Punta Quilla miro sus aguas más allá de la Pingüinera y pienso en Magallanes, en el Hércules y Malvinas. Quizás las penurias y las tristezas hayan confluido azarosamente en las aguas de entrada a nuestro pueblo, quizás el hilo del destino haya unido por extrañas coincidencias dos relatos trágicos. O las dos sean historias que las aguas y el tiempo se han encargado de tragar y que merecen rescatarse. Quizás, solo una metáfora más de un país que no termina de recuperar los fragmentos de una historia en partes sumergida.</p>
<p><strong><em>Gilgamesh</em></strong></p>
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